AMPARO DIRECTO 357/2005.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 357/2005.

Fecha: 28-Jul-2004

Primer Tribunal Colegiado En Materia Penal Del Cuarto Circuito

"Amparo directo 192/2005. 30 de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Ojeda Haro. Secretario: José Daniel Aguilar del Toro."

Así, lo procedente en el caso es conceder al quejoso ... la protección constitucional solicitada, para el efecto de que la responsable deje insubsistente la sentencia reclamada y dicte una nueva en la que reitere las consideraciones relativas a la existencia del delito de que se trata, así como la plena responsabilidad del nombrado en su comisión, y proceda a realizar una nueva individualización de la pena en la que considere como atenuante que la conducta del acusado, después de la comisión del delito, fue positiva; asimismo, prescinda de considerar los antecedentes penales de aquél, como agravante de la culpabilidad y, con libertad de jurisdicción, le imponga la pena que en derecho corresponda; en la inteligencia de que no podrá agravar la actual situación jurídica.

Por lo anteriormente expuesto, fundado, motivado y, además, con apoyo en los artículos 76, 77, 78, 79, 80 y 192 de la Ley de Amparo, se resuelve:

ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a ... contra la autoridad y por el acto precisados en el resultando primero de esta ejecutoria, consistente en la sentencia dictada el dieciocho de febrero de dos mil cinco, en los autos del toca 162/2004; para los efectos indicados en la parte final del considerando que antecede.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al órgano judicial correspondiente y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Ramón Ojeda Haro (ponente), Rodolfo Pasarín de Luna y María Luisa Martínez Delgadillo.