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    AMPARO DIRECTO 357/2005.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 357/2005.

    Fecha: 28-Jul-2004

    Reformada Po De Julio De

    "II. La gravedad de la infracción o la importancia del peligro a que hubiere sido expuesto un bien jurídico protegido;

    • Quinto Los Conceptos De Violación Son Parcialmente Fundados
    • Por Otra Parte El Artículo Del Código Penal Del Estado De Nuevo León Dispone
    • A Su Vez El Numeral Fracción Ii Del Ordenamiento Legal Invocado Reza
    • Que Altere Su Salud Física
    • Por Lo Anteriormente Expuesto Me Permito Poner A Su Disposición Al Interno Fojas
    • Asimismo En La Aludida Sentencia La Responsable Hizo Referencia Del Medio De Prueba Siguiente
    • Lo Anterior Es Infundado
    • De Ahí Lo Desafortunado Del Alegato Expresado Sobre Este Particular
    • Lo Anterior Es Inatendible
    • Lo Anterior Es Fundado
    • Iv La Calidad De Los Medios Determinantes
    • Vi La Conducta Posterior Al Mismo
    • Luego A Partir De Esa Reforma El Texto De Dicho Numeral Es Del Tenor Siguiente
    • Reformada Po De Julio De
    • H Congreso Del Estado
    • En El Poder Ejecutivo
    • Honorable Asamblea
    • Antecedentes
    • Primer Tribunal Colegiado En Materia Penal Del Cuarto Circuito

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