AMPARO DIRECTO 558/2011. 14 DE OCTUBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. SECRETARIA: XÓCHITL VERGARA GODÍNEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 558/2011. 14 DE OCTUBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. SECRETARIA: XÓCHITL VERGARA GODÍNEZ.

Fecha: 14-Oct-2011

Tales Argumentos Son Infundados

Primero, no le asiste razón a la quejosa cuando alega que el Juez resolvió con base en normas abrogadas y, por ende, inaplicables, pues de la sentencia que constituye el acto reclamado se aprecia claramente que el juzgador citó como fundamento el punto 2.6 de las vigentes Reglas a las que habrá de sujetarse la emisión y operación de tarjetas de crédito emitidas por el Banco de México a través de la Circular 19/2008 y no las diversas Reglas a las que habrán de sujetarse las Instituciones de Banca Múltiple y las Sociedades Financieras de objeto limitado y operación de tarjetas de crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el cuatro de agosto de dos mil cuatro, que ciertamente han sido abrogadas.