AMPARO DIRECTO 132/2012 (EXPEDIENTE AUXILIAR 226/2012). 13 DE ABRIL DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JUAN RAMÓN RODRÍGUEZ MINAYA. SECRETARIA: CLAUDIA LUZ HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.
Fecha: 13-Abr-2012
X Las Que Traten Las Materias Señaladas En El Artículo De La Ley De Comercio Exterior
"XI. Las dictadas por las autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
"XII. Las que decidan los recursos administrativos en contra de las resoluciones que se indican en las demás fracciones de este artículo;
"XIII. Las que se funden en un tratado o acuerdo internacional para evitar la doble tributación o en materia comercial, suscrito por México, o cuando el demandante haga valer como concepto de impugnación que no se haya aplicado en su favor alguno de los referidos tratados o acuerdos;
"XIV. Las que se configuren por negativa ficta en las materias señaladas en este artículo, por el transcurso del plazo que señalen el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o las disposiciones aplicables o, en su defecto, en el plazo de tres meses, así como las que nieguen la expedición de la constancia de haberse configurado la resolución positiva ficta, cuando ésta se encuentre prevista por la ley que rija a dichas materias.
"No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior en todos aquellos casos en los que se pudiere afectar el derecho de un tercero, reconocido en un registro o anotación ante autoridad administrativa;
"XV. Las sanciones y demás resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación, en términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y
- I Antecedentes Del Acto Reclamado
- Ii Suplencia De La Deficiencia De Los Conceptos De Violación
- Promover Iniciar O Impulsar Una Cosa O Un Proceso Procurando Su Logro
- Garantizar Dar Garantía Garantía Cosa Que Asegura Y Protege Contra Algún Riesgo O Necesidad
- Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
- C Debe Ejercerse De Oficio Sea Invocado O No Por Las Partes
- Artículo
- Artículo Protección Judicial
- En Efecto Entre Los Dos Tipos De Suplencia Mencionados Se Advierten Las Siguientes Diferencias
- Lo Expuesto Se Ilustra En El Siguiente Cuadro
- Ii Violación Al Derecho De Acceso A La Justicia
- La Parte Conducente Del Oficio En Cuestión Señala Lo Siguiente
- Por Su Parte El Artículo De La Declaración Universal De Los Derechos Humanos Dispone
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Iii Las Que Impongan Multas Por Infracción A Las Normas Administrativas Federales
- X Las Que Traten Las Materias Señaladas En El Artículo De La Ley De Comercio Exterior
- Xvi Las Señaladas En Las Demás Leyes Como Competencia Del Tribunal
- C Definitivas
- B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores
- Octavoefectos De La Concesión Del Amparo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Diccionario De La Lengua Española Vigésima Segunda Edición
- V En Favor De Los Menores De Edad O Incapaces
- Artículo El Recurso De Queja Es Procedente
- Artículo O Segundo Párrafo Constitucional
- Ix Los Titulares De Las Unidades Administrativas Equivalentes
- Iii Remoción