AMPARO DIRECTO 469/2014. 16 DE OCTUBRE DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIRIAM SUÁREZ PADILLA, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRAD
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 469/2014. 16 DE OCTUBRE DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIRIAM SUÁREZ PADILLA, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRAD

Fecha: 20-Feb-2015

Antecedentes

"La iniciativa de decreto fue sometida al conocimiento y aprobación de la Legislatura por el titular del Ejecutivo estatal en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 51, fracción I y 77, fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

"Con base en el estudio realizado, advertimos que la propuesta legislativa tiene como finalidad, establecer:

"a) La prohibición para conceder beneficios o sustitutivos, así como la suspensión de la pena en los delitos de extorsión y robo con violencia consumado o en grado de tentativa.

"b) La negativa para conceder la suspensión condicional de proceso a prueba para los delitos de extorsión y robo con violencia, consumado o en grado de tentativa.

"c) La improcedencia para otorgar la remisión parcial de la pena, tratamiento preliberatorio, libertad condicionada y la libertad condicional, para los delitos de extorsión y robo con violencia.

"En la ejecución de la pena, los delitos de extorsión y robo con violencia, no accederán a la remisión parcial de la pena, tratamiento preliberatorio, libertad condicionada ni a la libertad condicional, a fin de que los sentenciados por dichos delitos cumplan de manera total la pena privativa de libertad que les haya sido impuesta.