AMPARO DIRECTO 469/2014. 16 DE OCTUBRE DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIRIAM SUÁREZ PADILLA, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRAD
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 469/2014. 16 DE OCTUBRE DE 2014. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIRIAM SUÁREZ PADILLA, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRAD

Fecha: 20-Feb-2015

B Se Violan Diversos Instrumentos Internacionales

c) Asimismo, se viola el artículo 14 constitucional, relativo a la retroactividad, la audiencia y legalidad, toda vez que la audiencia está enderezada al cumplimiento de las formalidades esenciales del procedimiento y la legalidad para que la imposición de las penas se haya seguido un proceso, las cuales deben estar previstas en la ley exactamente aplicable al delito de que se trate.

d) Violación al artículo 16 constitucional, toda vez que los actos deben provenir de autoridad competente y deben encontrarse fundados y motivados.

e) Violación al artículo 18 de la Constitución, porque al negársele los beneficios sustitutivos de la pena, no se cumple con la finalidad a que se refiere el precepto constitucional de que se trata.

f) Aunado a que no se han homologado a nivel nacional, ni se han unificado los criterios, pues en diferentes Estados de la República, las penas menores a cinco años, obtienen algún beneficio.