AMPARO DIRECTO 111/2016 (CUADERNO AUXILIAR 365/2016) DEL ÍNDICE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO, CON APOYO DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN SALTILLO, COAHUILA. 14
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 111/2016 (CUADERNO AUXILIAR 365/2016) DEL ÍNDICE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO, CON APOYO DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN SALTILLO, COAHUILA. 14

Fecha: 09-Dic-2016

Formalidades Esenciales Del Procedimiento

En el caso es factible analizar los motivos de disenso en los cuales el quejoso plantea como violaciones al procedimiento las acaecidas al momento de su detención; siendo tales, las violaciones referentes a las excepciones constitucionales que justifican la detención de una persona como probable responsable de la comisión de un delito, comprendidas en el artículo 16 de la Constitución Federal; lo anterior, en términos de lo previsto por el artículo 173, fracción XXII, de la Ley de Amparo,(4) al constituir la eventual transgresión al derecho humano de debido proceso, conforme al cual es esencial el respeto a las formalidades esenciales del procedimiento; además del estudio de la licitud de las pruebas y el ejercicio de defensa adecuada a que se refieren los artículos 14 y 20 de la Constitución Federal.