AMPARO DIRECTO 1144/2017. 15 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ LUIS LEGORRETA GARIBAY. SECRETARIO: CARLOS ALBERTO MÉNDEZ PALACIOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1144/2017. 15 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ LUIS LEGORRETA GARIBAY. SECRETARIO: CARLOS ALBERTO MÉNDEZ PALACIOS.

Fecha: 28-Ago-2020

Por Su Parte El Diverso Del Ordenamiento En Cita También Establece

"Artículo 32. Ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, no procederá la gestión de negocios, salvo en el caso de actos administrativos que impliquen privación de la libertad y que sean materia de esta ley. Quien promueva a nombre de otra persona, deberá acreditar el otorgamiento de tal representación, con la presentación de la demanda o de la contestación, en su caso.

"La representación de los particulares se otorgará en escritura pública o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante notario o ante los secretarios de estudio y cuenta del tribunal.