DAÑOS ORIGINADOS POR LA APLICACIÓN NEGLIGENTE DE LA ANESTESIA. GENERAN
UNA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ÍNDOLE SUBJETIVA (LEGISLACIÓN CIVIL DEL DISTRITO
FEDERAL Y DEL ESTADO DE TABASCO).
Aun cuando el paciente haya otorgado su consentimiento informado para la administración de la
sustancia denominada anestesia, los daños generados por la administración negligente de la
misma actualizan una responsabilidad de índole extracontractual, al estar en juego valores
indisponibles para el paciente como el derecho a la salud y el derecho a la vida. Ahora bien, tal
responsabilidad extracontractual es de carácter subjetivo, por lo que para exigir la reparación de los
daños generados por el uso de anestesia debe probarse el elemento subjetivo de la conducta. No
obstante, existe la presunción de que los daños ocasionados por la anestesia fueron originados por
un actuar negligente, por lo que le corresponderá desvirtuar dicha presunción al personal médico
que participó en las etapas que abarca el cuidado anestésico.
148 Suprema Corte de Justicia de la Nación. Registro digital: 2010264. Instancia: Primera Sala.
Décima Época. Materias(s): Constitucional, Civil. Tesis: 1a. CCCXII/2015 (10a.). Fuente: Gaceta
del Semanario Judicial de la Federación. Libro 23, Octubre de 2015, Tomo II. página 1636
- Encabezado
- SENTENCIA
- AMPARO DIRECTO 35/2022
- I. COMPETENCIA
- II. OPORTUNIDAD Y LEGITIMACIÓN
- III. EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO
- V. CUESTIONES PRELIMINARES.
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