CAPITULO IV
De la adopción
Art. 520.- La adopción es el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de hijo del o de los adoptantes y a éstos, los deberes y derechos inherentes a la relación paterno-filial.
Podrán ser adoptados:
I. Los menores:
a) Huérfanos de padre y madre;
b) Hijos de filiación desconocidos;
c) Los declarados judicialmente abandonados;
d) Aquellos a cuyos padres o abuelos se les hayan sentenciado a la pérdida de la patria potestad; y
e) Aquellos cuyos padres o tutor o quienes ejerzan la patria potestad otorguen su consentimiento;
II. Los mayores de edad cuando sean incapaces.
III. Los mayores de edad, si antes de serlo hubieran estado bajo el cuidado personal de los presuntos adoptantes y existieran entre ellos lazos afectivos de carácter filial.
Art. 527. - El juez que apruebe la adopción, remitirá copia de las diligencias respectivas al Oficial del Registro Civil del lugar, para que levante las actas correspondientes.
Art. 539. - La adopción plena confiere al adoptado todos los efectos jurídicos, derechos y obligaciones que corresponden a la relación paterno filial consanguínea.
La adopción plena requiere:
I. Los adoptantes sean un hombre y una mujer casados entre sí y que vivan juntos;
II. Que por lo menos el cónyuge menor adoptante tenga 15 años más que la persona menor o menores de edad que se pretende adoptar; excepto cuando se trate de la adopción de personas mayores de edad incapaces;
III. Los adoptantes tengan cinco o más años de casados al momento del inicio del trámite;
IV. Los adoptantes tengan medios suficientes para proveer debidamente a la subsistencia y educación de la persona menor o menores de edad;
V. La adopción se funde sobre justos motivos y en beneficio para la persona menor o menores de edad; y
VI. Los adoptantes sean personas de buenas costumbres.
- Encabezado
- SENTENCIA
- I.- ANTECEDENTES
- II.- COMPETENCIA
- III.- OPORTUNIDAD Y LEGITIMACIÓN
- IV.- FIJACIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS
- V. PROCEDENCIA
- VI. PRECISIÓN DE LA LITIS Y METODOLOGÍA DE ESTUDIO
- VII. ESTUDIO DE FONDO
- CAPITULO IX
- CAPITULO XI
- TITULO CUARTO
- TITULO QUINTO
- TITULO SEXTO
- CAPITULO II
- CAPITULO III
- CAPITULO IV
- TITULO SEPTIMO
- TITULO OCTAVO
- CAPITULO I
- CAPITULO V
- VIII.- EFECTOS Y MEDIDAS
- D E C I S I Ó N
