CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO Y EL DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 12 DE ABRIL DE 2022. UNANIMIDAD DE VEINTITRÉS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS AR
Fecha: 15-Jul-2022
G Patentes División De La Solicitud
"A.
"1) Quien hubiere depositado regularmente una solicitud de patente de invención, de modelo de utilidad, de dibujo o modelo industrial, de marca de fábrica o de comercio, en alguno de los países de la Unión o su causahabiente, gozará, para efectuar el depósito en los otros países, de un derecho de prioridad, durante los plazos fijados más adelante en el presente.
"2) Se reconoce que da origen al derecho de prioridad todo depósito que tenga valor de depósito nacional regular, en virtud de la legislación nacional de cada país de la Unión o de tratados bilaterales o multilaterales concluidos entre países de la Unión.
"
"3) Por depósito nacional regular se entiende todo depósito que sea suficiente para determinar la fecha en la cual la solicitud fue depositada en el país de que se trate, cualquiera que sea la suerte posterior de esta solicitud.
"B. En consecuencia, el depósito efectuado posteriormente en alguno de los demás países de la Unión, antes de la expiración de estos plazos, no podrá ser invalidado por hechos ocurridos en el intervalo, en particular, por otro depósito, por la publicación de la invención o su explotación, por la puesta a la venta de ejemplares del dibujo o del modelo o por el empleo de la marca, y estos hechos no podrán dar lugar a ningún derecho de terceros ni a ninguna posesión personal. Los derechos adquiridos por terceros antes del día de la primera solicitud que sirve de base al derecho de prioridad quedan reservados a lo que disponga la legislación interior de cada país de la Unión.
"C.
"1) Los plazos de prioridad arriba mencionados serán de doce meses para las patentes de invención y los modelos de utilidad y de seis meses para los dibujos o modelos industriales y para las marcas de fábrica o de comercio.
"2) Estos plazos comienzan a correr a partir de la fecha del depósito de la primera solicitud; el día del depósito no está comprendido en el plazo.
"3) Si el último día del plazo es un día legalmente feriado o un día en el que la oficina no se abre para recibir el depósito de las solicitudes en el país donde la protección se reclama, el plazo será prorrogado hasta el primer día laborable que siga.
"4) Deberá ser considerada como primera solicitud, cuya fecha de depósito será el punto de partida del plazo de prioridad, una solicitud posterior que tenga el mismo objeto que una primera solicitud anterior en el sentido del párrafo 2) arriba mencionado, depositada en el mismo país de la Unión, con la condición de que esta solicitud anterior, en la fecha del depósito de la solicitud posterior, haya sido retirada, abandonada o rehusada, sin haber estado sometida a inspección pública y sin dejar derechos subsistentes, y que todavía no haya servido de base para la reivindicación del derecho de prioridad. La solicitud anterior no podrá nunca más servir de base para la reivindicación del derecho de prioridad.
"D.
"1) Quien desee prevalerse de la prioridad de un depósito anterior estará obligado a indicar en una declaración la fecha y el país de este depósito. Cada país determinará el plazo máximo en que deberá ser efectuada esta declaración.
"2) Estas indicaciones serán mencionadas en las publicaciones que procedan de la administración competente, en particular, en las patentes y sus descripciones.
"3) Los países de la Unión podrán exigir de quien haga una declaración de prioridad la presentación de una copia de la solicitud (descripción, dibujos, etc.) depositada anteriormente. La copia, certificada su conformidad por la administración que hubiera recibido dicha solicitud, quedará dispensada de toda legalización y en todo caso podrá ser depositada, exenta de gastos, en cualquier momento dentro del plazo de tres meses contados a partir de la fecha del depósito de la solicitud posterior. Se podrá exigir que vaya acompañada de un certificado de la fecha del depósito expedido por dicha administración y de una traducción.
"4) No se podrán exigir otras formalidades para la declaración de prioridad en el momento del depósito de la solicitud. Cada país de la Unión determinará las consecuencias de la omisión de las formalidades previstas por el presente artículo, sin que estas consecuencias puedan exceder de la pérdida del derecho de prioridad.
- Resultando
- Considerando
- Noveno Tribuna Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- Asimismo Estimó Necesario Precisar Los Antecedentes Del Caso Siendo Del Tenor Siguiente
- A Si La Situación Abstracta Prevista Por Aquélla Efectivamente Se Concretó
- Los Anteriores Motivos De Disenso Resultan Infundados
- Artículo
- Ley De La Propiedad Industrial
- Reglamento De La Ley De La Propiedad Industrial
- De Estos Preceptos Se Desprende Que
- Así El Trámite De Patente Se Compone Por Las Siguientes Etapas
- Iii Publicación De La Solicitud En La Gaceta Editada Por El Propio Instituto
- Por Su Parte El Artículo Citado Y Aquellos De La Ley A Los Que Remite Son Los Siguientes
- Decimosexto Sic Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- Se Transcribe
- Los Titulares De Patentes O De Registros Podrán Ser Personas Físicas O Morales
- Ahora Bien El Artículo Del Reglamento De La Ley De La Propiedad Industrial Establece
- G Patentes División De La Solicitud
- Posteriormente Podrán Ser Exigidos Otros Justificativos
- Patentes Independencia De Las Patentes Obtenidas Para La Misma Invención En Diferentes Países
- Ella Se Aplicará A Todas Las Patentes Existentes En El Momento De Su Entrada En Vigor
- Patentes Posibilidad De Patentar En Caso De Restricción Legal De La Venta
- D Patentes Modelos De Utilidad Marcas Dibujos Y Modelos Industriales Signos Y Menciones
- Procedimiento De Otorgamiento De Patentes
- I A Juicio Del Instituto Sea Necesario Para La Realización Del Examen De Fondo Y
- V Denominación De La Invención Y
- I No Deberán Contener Dibujos
- El Del Reglamento De La Ley De La Propiedad Industrial Dispone
- La Unidad Inventiva Como Objeto De Protección
- Artículo Las Reivindicaciones Se Formularán Sujetándose A Las Siguientes Reglas
- Iv Deberán Redactarse En Función De Las Características Técnicas De La Invención
- Número Y Numeración De Las Reivindicaciones
- B Si Hubiese Varias Reivindicaciones Se Numerarán En Forma Consecutiva En Números Arábigos
- Referencias A Otras Partes De La Solicitud Internacional
- O Como Se Ilustra En La Figura De Los Dibujos
- Manera De Redactar Las Reivindicaciones
- B Cuando Proceda Las Reivindicaciones Deberán Contener
- Reivindicaciones Dependientes
- Modelos De Utilidad
- Exigencia
- Casos En Los Que Se Considera Observada La Exigencia De Unidad De La Invención
- División De La Patente Conforme La Legislación Nacional
- Artículo Inciso Del Convenio De París Para La Protección De La Propiedad Industrial
- Artículo Una Misma Solicitud De Patente Podrá Contener
- I Los Principios Teóricos O Científicos
- Vi Las Creaciones Estéticas Y Las Obras Artísticas O Literarias