CONTRADICCIÓN DE TESIS 18/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, OCTAVO Y VIGÉSIMO PRIMERO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 14 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO ITURBE
Fecha: 23-Sep-2022
Artículo Las Y Los Jueces De Distrito En Materia Administrativa Conocerán
"I. De las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de las leyes federales, cuando deba decidirse sobre la legalidad o subsistencia de un acto de autoridad o de un procedimiento seguido por autoridades administrativas;
"II. De los juicios de amparo que se promuevan conforme a la fracción VII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contra actos de la autoridad judicial en las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de leyes federales o locales, cuando deba decidirse sobre la legalidad o subsistencia de un acto de autoridad administrativa o de un procedimiento seguido por autoridades del mismo orden;
"III. De los juicios de amparo que se promuevan contra leyes y demás disposiciones de observancia general en materia administrativa, en los términos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
"IV. De los juicios de amparo que se promuevan contra actos de autoridad distinta de la judicial, salvo los casos a que se refieren las fracciones II del artículo 51 y III del artículo anterior en lo conducente;
"V. De los amparos que se promuevan contra actos de tribunales administrativos ejecutados en el juicio, fuera de él o después de concluido, o que afecten a personas extrañas a juicio, y
"VI. De las denuncias por incumplimiento a las declaratorias generales de inconstitucionalidad emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de normas generales en materia administrativa, en términos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."
- Resultando
- Considerando
- Acto Reclamado
- Iii La Autoridad O Autoridades Señaladas Como Responsables Instituto Mexicano Del Seguro Social
- Cuarto
- Instituto Mexicano Del Seguro Social
- El Contenido De La Jurisprudencia De Referencia Es El Siguiente
- Las Consideraciones Anteriores Dieron Origen A La Jurisprudencia Del Rubro Y Texto Siguientes
- En Tal Escrito El Quejoso Manifestó Entre Otras Cosas Lo Siguiente
- Por Tanto Se Concluye Que La Naturaleza Del Acto Reclamado Es Administrativa
- Artículo Las Y Los Jueces De Distrito En Materia Administrativa Conocerán
- Artículo Las Y Los Jueces De Distrito En Materia De Trabajo Conocerán
- Reformado Dof De Diciembre De
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis Denunciada
- Artículo Los Jueces De Distrito En Materia De Trabajo Conocerán
- V Guarderías Y Prestaciones Sociales