CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO Y EL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LOS MOCHIS,
Fecha: 02-Sep-2022
Segundotrámite De La Denuncia De La Contradicción De Tesis Y Turno
Por acuerdo de quince de febrero de dos mil veintidós, el Magistrado Luis Fernando Zúñiga Padilla, presidente del Pleno del Quinto Circuito, ordenó formar y registrar el expediente relativo a la denuncia de contradicción de tesis con el número 2/2022; asimismo, la admitió a trámite, en el propio auto, entre otras determinaciones solicitó a los presidentes del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Los Mochis, Sinaloa, enviaran la versión electrónica de las ejecutorias emitidas en los juicios de amparo 226/2019 y 192/2021 (cuaderno auxiliar 578/2021), respectivamente; también requirió a los presidentes de los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes para que informaran si los criterios sustentados en los asuntos de su índice que motivaron esta contradicción de tesis, se encontraban vigentes o, en su caso, las causas para tenerlos por superados o abandonados.
El agente del Ministerio Público de la Federación no formuló pedimento en relación con la contradicción de tesis denunciada, no obstante haber sido notificado el diecisiete de febrero de dos mil veintidós.
Luego del trámite correspondiente, por auto de uno de abril de dos mil veintidós, se consideró debidamente integrado el presente expediente de contradicción de tesis y se turnó al Magistrado Federico Rodríguez Celis, integrante del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito y del Pleno del Quinto Circuito, para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.
- Primerodenuncia De La Contradicción De Tesis
- Segundotrámite De La Denuncia De La Contradicción De Tesis Y Turno
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Las Consideraciones Torales De Las Ejecutorias Objeto De Denuncia Son
- Los Conceptos De Violación Son Fundados
- D Extraordinarios Para Damnificados Por Desastres Naturales
- Ii Préstamos Hipotecarios
- Copia De La Identificación Expedida Por El Instituto
- Copia De La Póliza Cheque Y
- Ii Realizar Los Descuentos Ordenados Por El Instituto Por Concepto De Préstamos Personales
- El Monto De La Prima Será Del Sobre El Importe Bruto Del Préstamo Que Se Otorgue
- Una Vez Establecidos Dichos Mecanismos Se Presentarán A La Aprobación De La Junta Directiva
- De Los Citados Preceptos Se Destaca Que
- Iii Por Los Usos Bancarios Y Mercantiles Y En Defecto De Éstos
- Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
- Los Citados Argumentos Devienen Infundados Con Base En Lo Siguiente
- Ii Préstamos Personales
- Los Citados Numerales Permiten Advertir Que
- Dichos Préstamos Se Prevén Como Una Prestación De Seguridad Social
- Cuartoexistencia De La Contradicción De Criterios
- De Esa Ejecutoria Emanó La Tesis Voct C A Cuyo Sumario A La Letra Dice
- Quintoestudio
- Original De La Póliza Pagaré
- Primerosí Existe La Contradicción De Tesis Que Ha Sido Denunciada En Autos