REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 33/2017. ADMINISTRADOR DESCONCENTRADO JURÍDICO DE JALISCO "2", EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. 11 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 33/2017. ADMINISTRADOR DESCONCENTRADO JURÍDICO DE JALISCO "2", EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. 11 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS

Fecha: 18-May-2018

Se Estima Conveniente Plasmar La Tabla Gráfica De Que Se Habla

Luego, lo inoperante del agravio en estudio deviene en que no es apto para controvertir las razones que tuvo la juzgadora para estimar fundado lo alegado por la actora, en cuanto a que las facturas que presentó ante la demandada sí cumplían con el requisito previsto en la fracción V del numeral 29-A del código tributario, al señalar la descripción del servicio que amparaban, pues se limita a atacar consideraciones que no se expusieron en el fallo recurrido.