REVISIÓN ADMINISTRATIVA 28/2014. FRANCISCO LORENZO MORÁN. 25 DE NOVIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN; VOTÓ CON R
Fecha: 05-Abr-2019
Únicoes Fundado El Recurso De Revisión Administrativa A Que Este Toca Se Refiere
Notifíquese; haciéndolo personalmente al interesado y con testimonio de esta resolución al Consejo de la Judicatura Federal y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y presidente Alberto Pérez Dayán. El Ministro José Fernando Franco González Salas emitió su voto con reservas. El Ministro Juan N. Silva Meza, se encuentra legalmente impedido para conocer del presente asunto.
En términos de lo determinado por el Pleno de la Suprema Corte en su sesión de veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en el artículo 3, fracción II y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: Las tesis aisladas y de jurisprudencia 2a. LXXXVI/2014 (10a.), 2a. LXXXVIII/2014 (10a.), 1a. CLXXX/2014 (10a.) y P./J. 41/2012 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de agosto de 2014 a las 8:05 horas y del viernes 2 de mayo de 2014 a las 12:05 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 9, Tomo II, agosto de 2014, páginas 970 y 972; 6, Tomo I, mayo de 2014, página 558 y en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro XVI, Tomo 1, enero de 2013, página 51, respectivamente.
- Considerando
- Por Tanto Dicho Plazo Transcurrió Del Martes Siete Al Lunes Trece De Octubre De Dos Mil Catorce
- Séptimoagravios En Su Pliego De Agravios El Recurrente Hizo Valer En Esencia Lo Siguiente
- Calificación Del Consejero Manuel Ernesto Saloma Vera
- Juez Fernando Silva García
- Juez Antonio González García
- Dichos Argumentos Resultan Infundados En Atención A Lo Siguiente
- Solución De Un Caso Práctico
- Dichos Agravios Resultan Infundados Como Se Expone A Continuación
- Por Su Parte Los Artículos Relacionados Del Acuerdo General Disponen Lo Siguiente
- Realización De Un Examen Oral Y Público
- Iv Durante Minutos Como Máximo Expondrá El Tema Y Subtemas Que Le Correspondan Y
- Dicho Asunto Dio Origen A La Tesis A Lxxxvi A De Rubro Y Texto Siguientes
- La Puntuación Anterior Será Acumulativa Y No Podrá Exceder De Puntos
- La Calificación Final Del Concurso Se Expresará En Puntos Dentro De Una Escala De A
- Iii En Tercer Lugar Aplicará Acciones Afirmativas En Materia De Equidad
- Resulta Aplicable La Tesis A Lxxxvii A De Rubro Y Texto Siguientes
- Fuente Apéndice Septiembre
- Página
- Tesis Pj
- Dicho Agravio Resulta Infundado Como Se Demuestra De La Transcripción De Los Dictámenes Relativos
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