SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 050/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 050/2000

Fecha: 25-Jul-2000

V.10

V.10  Que la aseveración efectuada  por la recurrente en el Considerando I.6  no es evidente, puesto que además de que el Tribunal Sumariante y el Tribunal de Apelación están conformados de diferente manera  de acuerdo a los arts. 5 y 6 del Reglamento  aprobado por Acuerdo No. 24/98-A y 76 y 20 del Reglamento No. 32/2000, los arts. 42, 43, 44, 76, y 88 de este último, determinan sus atribuciones específicas, las cuales son diferentes y privativas  para cada uno de ellos.