Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 08/2002
Fecha: 21-Ene-2002
CONSIDERANDO V
Que, el Recurso de Inconstitucionalidad es una acción de puro derecho en la que el órgano contralor debe contrastar el texto de las disposiciones legales impugnadas con el texto de la Constitución para establecer su compatibilidad o incompatibilidad, en el caso concreto entre la Ley 2195 de 30 de abril de 2001 con los arts. 22, 23, 28 y 30 de la Constitución Política del Estado.