Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 08/2002
Fecha: 21-Ene-2002
II.6
II.6 Que, finalmente, agrega que se cumple con el principio de la primacía de la Constitución Política del Estado, pues al no prohibir el máximo ordenamiento jurídico la transferencia a título gratuito del terreno de propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la Universidad Pedagógica de Sucre, a favor del Gobierno Municipal de Sucre con destino a la construcción de la Unidad Educativa Experimental “Mariscal Sucre”, se confirma que la referida transferencia está dentro del mandato constitucional.