SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1579/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1579/2002- R

Fecha: 19-Dic-2002

improcedente

Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que el Diploma presentado por el recurrente no ha sido homologado, sino sólo legalizado en nuestro país, además si bien por Resolución Ministerial 513/2001 de 23 de abril de 2001, se le confirió el Titulo en Provisión Nacional como Licenciado en Ciencias de la Educación, por Resolución Ministerial 440/01 de 21 de noviembre de 2001, se abrogó dicha Resolución, b) que la solicitud del recurrente fue proveída, c) que el recurrente presentó con anterioridad otros dos recursos de Amparo, que con el presente tienen identidad de sujeto, objeto y causa, d) que el recurrente ha estado cobrando sus haberes desde enero hasta julio de 2002, de modo que no ha sufrido perjuicio económico y e) que el recurrente no agotó la vía administrativa, pues no pidió reconsideración, explicación, complementación ni apeló de la resolución que impugna.