Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
II.1.
II.1. Que, a favor del recurrente Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez y de Rosa Ledezma de Guzmán, en la Partida computarizada 04095632 de en 31 de enero de 1998 se evidencia una hipoteca inscrita en cuarto lugar con relación al inmueble de propiedad de Guido Meruvia y Ana María Montaño, sito en Calle 14 de Septiembre, zona de Obrajes (fs. 3-4).
- Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- la Jueza recurrida dispone la citación de los acreedores
- La citación ha de ser notificada a la persona a quien se dirija y esa notificación se puede hacer por cédula o por edictos.
- III.3.
- III.4.
- se proceda al levantamiento de todas las medidas precautorias sobre el bien adjudicado