Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
II.5.
II.5. Que, se procede a las publicaciones de las audiencias de remate en el Periódido “Los Tiempos” y en cuanto a gravámenes se expresa: “4.- Gravámen: Arturo Cayo Guzmán y Rosa Ledezma de Guzmán... Registrado Bajo la Partida computarizada 04095632 ingresado en fecha 31/01/1998 a horas 09:07” (fs. 58, 59, 66 y 70).
- Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- la Jueza recurrida dispone la citación de los acreedores
- La citación ha de ser notificada a la persona a quien se dirija y esa notificación se puede hacer por cédula o por edictos.
- III.3.
- III.4.
- se proceda al levantamiento de todas las medidas precautorias sobre el bien adjudicado