Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
II.6.
II.6. Que, al haberse llevado las audiencias del primer y segundo remate (fs. 61 y 72), mediante Auto de 04 de diciembre de 2001 la Jueza recurrida adjudica el inmueble sito en Av. 14 de septiembre de la zona de Obrajes en favor del ejecutante Omar Asbún, disponiendo se proceda al levantamiento de todas las medidas precautorias sobre el bien adjudicado (fs. 74 vta.).
- Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- la Jueza recurrida dispone la citación de los acreedores
- La citación ha de ser notificada a la persona a quien se dirija y esa notificación se puede hacer por cédula o por edictos.
- III.3.
- III.4.
- se proceda al levantamiento de todas las medidas precautorias sobre el bien adjudicado