SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002

Fecha: 06-Mar-2002

1°.

1°.        El Recurso de Inconstitucionalidad como mecanismo del control correctivo de constitucionalidad tiene por objetivo el saneamiento del ordenamiento jurídico del Estado a partir de una verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de las normas de una disposición legal con los principios, valores y normas de la Constitución. En consecuencia las disposiciones legales objeto del control de constitucionalidad por la vía del Recurso de Inconstitucionalidad son: a) las leyes en sus diversas clases, sean orgánicas u ordinarias, generales o especiales, adjetivas o sustantivas; b) los Decretos Supremos; y c) las Resoluciones no judiciales; así lo determina la norma prevista por el art. 120-1ª de la Constitución.