Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002
Fecha: 06-Mar-2002
I.2
I.2 Que, el Ministerio del Trabajo al haber reconocido a 22 dirigentes de la citada Federación ha violado el citado Decreto, que si bien ha sido dictado en gobierno de facto su vigencia y validez es reconocida por la doctrina y jurisprudencia, teniendo el rango de Ley de la República, consiguientemente, sólo pueden ser modificados o sustituidos por una norma de igual rango dictada por el Poder Legislativo conforme dispone el art. 59-1) de la Constitución, sin que pueda el Ministerio de Trabajo y Microempresa mediante una resolución modificar lo establecido en el art. 7mo. del Decreto Ley, por lo que al hacerlo ha contravenido el art. 96-1) Constitucional.