SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002

Fecha: 06-Mar-2002

4°.

4°.        En el caso resuelto mediante la Sentencia Constitucional Nº 21/2002 que motiva este voto disidente, por la vía del Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad se ha impugnado la Resolución Ministerial N° 110/00 expedida por el Ministro del Trabajo y Microempresa. La Resolución impugnada resuelve un caso concreto, pues reconoce la directiva de la Federación de Trabajadores Fabriles de Cochabamba y los declara en comisión con el goce del 100% de sus haberes a los dirigentes. Entonces, la referida Resolución no contiene normas jurídicas de alcance general y de cumplimiento obligatorio, por lo mismo no puede ser considerado como una disposición legal que forma parte del objeto de control de constitucionalidad.