SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 21/2002

Fecha: 06-Mar-2002

(fs. 43)

"Se dispone que las directivas sindicales se constituyan con el número de tres dirigentes cuando el de los trabajadores afiliados no sea mayor de cincuenta, con el de cinco cuando no sobrepase de cien, y con el máximo de ocho cuando exceda de éste último número. Las Federaciones y Confederaciones se constituirán con un máximo de diez dirigentes." (fs. 43).