SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 574/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 574/2002-R

Fecha: 20-May-2002

6)

6)   Por el Informe de 26 de septiembre de 1997 (fs. 99), remitido al Director de Asuntos Jurídicos por parte del Asesor Técnico Legal, se constata que este funcionario recomendó citar a los esposos Choque-Anzaldo, “antes de corregir el error con la promulgación de una nueva Resolución Municipal” que anule la signada con el número 1123/79,   y, en su caso, a Angélica Tapia de Zuazo, para que se apersonen a esa oficina “a fin de demostrar con documentación el derecho propietario”. No consta en los antecedentes remitidos a este Tribunal notificación alguna a los ahora recurrentes  para el objeto señalado.