SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2003
Fecha: 17-Jun-2002
c)
c) Manifiesta que el Decreto que objeta, afecta en forma directa al capital y viola los derechos al trabajo, al ejercicio de la industria y comercio y la remuneración justa, no sólo de EBR, sino de sus trabajadores, puesto que la reducción a cero del margen de refinería para los productos causan pérdidas sustanciales a la empresa, lo que acarrea un desequilibrio entre sus costos y obligaciones de invertir que se mantienen constantes, y sus ingresos, que disminuyen significativamente, dado que durante más de tres años de operación registró una utilidad neta promedio de $Us0.70 por barril de crudo procesado, lo que le imposibilita absorber el impacto de las medidas establecidas en el Decreto, puesto que por cada barril refinado, EBR debe subvencionar el costo y las inversiones, mermando su capital al ser los ingresos insuficientes, desapareciendo su remuneración, por lo que a corto plazo la empresa entraría en quiebra y sus trabajadores se verían afectados en su fuente de trabajo.
c) El art. 141 concordante con el art. 7-d) CPE, establece que el Estado podrá regular, mediante ley, el ejercicio del comercio y la industria cuando así lo requiera con carácter imperioso la seguridad y necesidad públicas, aspecto que de manera alguna puede constituir un atentado a las garantías y principios constitucionales.
- Joao Armando Sartori Brandao, en representación de la Empresa Boliviana de Refinación (EBR)
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- admitió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- hidrocarburos
- El art. 81 LH, concordante con el art. 10-e) LSIRESE, señala que
- “Artículo 9.-
- 'ARTÍCULO 10.-
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.