SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 58/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 58/2002

Fecha: 08-Jul-2002

III.1.

III.1.  Que es una vía concreta de control de constitucionalidad el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad, que tiene por finalidad que el Tribunal Constitucional verifique si una Ley, Decreto o cualquier género de resolución no judicial, que tiene que ser aplicada en un proceso judicial o administrativo, es compatible o incompatible con los principios, valores y normas de la Constitución.