Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 58/2002
Fecha: 08-Jul-2002
V.III.
V.III. Que la Ley que reglamenta la organización y funcionamiento del Tribunal Constitucional, es la Ley 1836, que en su capítulo referido a disposiciones procesales comunes regula el art. 44-I que lejos de infringir o vulnerar la previsión constitucional contenida en su art. 228, es una norma general que -como se manifestó- concuerda con el art. 121-II de la Constitución Política del Estado, que establece el carácter vinculante de las Sentencias Constitucionales.