Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 951/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
Fragmento 5
La Resolución 21/2002 de 3 de julio de 2002, cursante de fojas 83 a 85 de obrados, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia de La Paz, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo se deje sin efecto el mandamiento de apremio dispuesto por la autoridad recurrida, con costas y una multa de Bs. 1.000.-, citando únicamente como fundamento de su decisión los arts. 16-4) de la Constitución Política del Estado (CPE), referido a la garantía del debido proceso y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) sobre las violaciones a la libertad personal.
- Pablo Gottret Valdés, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros contra Carmela D. de Durán, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social de Tarija,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por otra parte,
- II.10.
- II.11
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
- III.6.
- III.7
- III.8.
- APRUEBA