Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 951/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
II.8.
II.8. El demandante en el fenecido proceso laboral, en 4 de abril de 2002 (fs. 393), 9 de mayo (fs. 397), 16 y 31 de mayo (fs. 398 y 401), solicitó insistentemente la emisión de mandamiento de apremio por incumplimiento de pago del saldo de los beneficios sociales. La Jueza recurrida, luego de poner en conocimiento de Cristhian Améstegui, representante de la Superintendencia de Pensiones los decretos pronunciados conminando a dicho pago, en 7 de junio de 2002 (fs. 402), dispuso se emita mandamiento de apremio contra el representante de la empresa “La Fénix Boliviana” S.A., Pablo Gottret Valdés. No figura en el expediente remitido a este Tribunal el mandamiento de apremio.
- Pablo Gottret Valdés, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros contra Carmela D. de Durán, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social de Tarija,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por otra parte,
- II.10.
- II.11
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
- III.6.
- III.7
- III.8.
- APRUEBA