SENTENCIA CONSTITUCIONAL 951/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico o auxiliar de justicia en el proceso de quiebra de la empresa “La Fénix Boliviana” S.A. de Seguros y Reaseguros, es ilegal, toda vez que no es por negligencia, descuido, falta de voluntad o capricho suyo que no se está pagando la totalidad de los beneficios sociales a Cimar Ruiz, sino por la existencia de un proceso de quiebra en el que deberá apersonarse para obtener el pago del saldo de los beneficios sociales declarados judicialmente, quedando así demostrada la persecución indebida que la jurisprudencia establecida por este Tribunal ha definido como “la acción de un funcionario público o autoridad judicial, que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la Ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos de Ley” (SSCC 450/2000-R, 1034/2000).
- Pablo Gottret Valdés, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros contra Carmela D. de Durán, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social de Tarija,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por otra parte,
- II.10.
- II.11
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
- III.6.
- III.7
- III.8.
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