Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 951/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
II.3.
II.3. Apelada por el demandante y el representante de la entidad demandada, la Sentencia de primera instancia fue confirmada parcialmente mediante Auto de Vista de 20 de julio de 2001 (fs. 306 y 307), el mismo que fue declarado ejecutoriado en 9 de agosto de ese año, luego de practicarse las notificaciones legales y sin que se haya planteado recurso de casación por ninguna de las partes.
- Pablo Gottret Valdés, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros contra Carmela D. de Durán, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social de Tarija,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por otra parte,
- II.10.
- II.11
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
- III.6.
- III.7
- III.8.
- APRUEBA