Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 951/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
II.9. Por otra parte,
II.9. Por otra parte, en 28 de abril de 2000, la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros emitió la Resolución Administrativa IS 168 (fs. 59 a 64), por la que revocó la autorización de funcionamiento otorgada a la entidad aseguradora “La Fénix Boliviana” S.A. de Seguros y Reaseguros, determinando su intervención forzosa, disolución y posterior liquidación, para lo que designó como interventor a Justino Avendaño Renedo y coadyuvantes, a Jorge Londoño, Luis Aliaga, Gisela Pérez, Adolfo Vedia y Víctor Pinto, que cumplirían sus funciones en Santa Cruz, Cochabamba, Tarija, Oruro y La Paz, respectivamente.
- Pablo Gottret Valdés, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros contra Carmela D. de Durán, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social de Tarija,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por otra parte,
- II.10.
- II.11
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5. Consecuentemente, la decisión de la Jueza recurrida de emitir mandamiento de apremio contra el ahora recurrente en su condición de síndico
- III.6.
- III.7
- III.8.
- APRUEBA