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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2003-R

    Fecha: 28-Ene-2003

    II.5

    II.5     A través del Auto de 1 de noviembre de 2002 (fs. 38 y 39), la  Gerente GRACO-Santa Cruz señaló para el 15 del mismo mes, el acto de remate “de los bienes  inmuebles de propiedad del señor Ismael Contreras Brittez, en calidad de socio de la empresa coactivada”. El aviso de remate se publicó en el periódico “El Deber” de 11 de noviembre (fs. 37).

    • Ismael Contreras Brittez
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.1.3    Autoridad recurrida y petitorio.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • II.1
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • se trata de los bienes de su propiedad y no de la empresa “Fil Parts” Ltda.,
    • II.6
    • II.9
    • II.10
    • III. FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • (sujetos)
    • III.2
    • se emplazará al deudor
    • del contribuyente deudor.
    • responsables solidarios con los contribuyentes, en su calidad de representantes de los mismos,
    • La responsabilidad solidaria establecida en este artículo se limita al valor de los bienes que se administren a menos que los representantes hubieran actuado con dolo
    • solamente
    • que es la contribuyente y deudora de los  impuestos
    • III.3
    • III.4

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