Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2003-R
Fecha: 28-Ene-2003
II.6
II.6 De acuerdo al Certificado de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes, emitido el 25 de febrero de 1999, con fecha de renovación al 2002 (fs. 121), “Fil Parts” Ltda., empresa dedicada a la venta al por mayor de partes, piezas y accesorios para vehículos, tenía como representante legal a Ismael Contreras Brittez. En el Certificado de Inscripción al RUC, renovado el 25 de febrero de 2002 (fs. 45), se consigna como representante de “Fil Parts” Ltda., a José Fernando Jordán Contreras.
- Ismael Contreras Brittez
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- se trata de los bienes de su propiedad y no de la empresa “Fil Parts” Ltda.,
- II.6
- II.9
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- (sujetos)
- III.2
- se emplazará al deudor
- del contribuyente deudor.
- responsables solidarios con los contribuyentes, en su calidad de representantes de los mismos,
- La responsabilidad solidaria establecida en este artículo se limita al valor de los bienes que se administren a menos que los representantes hubieran actuado con dolo
- solamente
- que es la contribuyente y deudora de los impuestos
- III.3
- III.4