Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2003-R
Fecha: 28-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El presente amparo es planteado por Ismael Contreras Brittez, arguyendo que la autoridad recurrida ha dispuesto el remate de sus bienes particulares dentro de la cobranza coactiva seguida contra la firma “Fil Parts” Ltda., únicamente porque actuó como su representante en el proceso contencioso tributario incoado por esa empresa contra el SIN, sin tomar en cuenta que como persona física no adeuda nada al Fisco, y que la empresa tiene el patrimonio suficiente para responder por sus adeudos tributarios. Corresponde analizar si tales extremos dan lugar al otorgamiento de la tutela que brinda este recurso.
- Ismael Contreras Brittez
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- se trata de los bienes de su propiedad y no de la empresa “Fil Parts” Ltda.,
- II.6
- II.9
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- (sujetos)
- III.2
- se emplazará al deudor
- del contribuyente deudor.
- responsables solidarios con los contribuyentes, en su calidad de representantes de los mismos,
- La responsabilidad solidaria establecida en este artículo se limita al valor de los bienes que se administren a menos que los representantes hubieran actuado con dolo
- solamente
- que es la contribuyente y deudora de los impuestos
- III.3
- III.4