SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2003 - R
Fecha: 24-Nov-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
En el proceso ejecutivo que su persona sigue en representación de Distribuidora de Bolivia S.R.L. (en liquidación) en contra de DICAR Ltda., Gabriel Roca Chávez demandó una tercería de dominio excluyente, habiendo posteriormente presentado un memorial en el que desistió de esa demanda de tercería; conforme lo dispone el art. 304.II del Código de procedimiento civil (CPC) correspondió al Juez recurrido correr en traslado a su persona con ese memorial, pero indebidamente omitió hacerlo y de manera directa e ilegal dictó el Auto de fs. 903 por el que dio desistida lisa y llanamente esa demanda, con lo que se le negó la oportunidad de ejercitar su derecho otorgado en el parágrafo III del mismo art. 304 CPC, de aceptar el desistimiento con costas o de no aceptarlo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no presentada
- III.2
- la demanda de tercería se retrotrajo al momento anterior de admitirse la demanda
- III.3
- III.4
- APRUEBA