SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2003 - R

Fecha: 24-Nov-2003

improcedente

Concluida la audiencia, los Conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declararon improcedente el recurso, sin costas, con los fundamentos siguientes: a) que al plantearse la tercería y no cubrirse el 5% de la base del remate, la tercería no llenó requisitos en su presentación, por lo que es una demanda defectuosa inadmisible, inexistente en aplicación de los arts. 303 y 333 CPC;  y b) al tenerse por no admitida la demanda de tercería, se aceptó el desistimiento, con lo que no se ha vulnerado derecho alguno.