SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2003- R
Fecha: 28-Nov-2003
II.4
II.4 Que, el 22 de agosto de 2003, se llevó a cabo una segunda sesión preparatoria de la Brigada Parlamentaria de Cochabamba, donde luego de deliberar se determinó dejar sin efecto la anterior elección del Vicepresidente y de las Secretarías de la Brigada, por haber existido error en el cómputo en el primer caso y no existir la votación por aclamación en el segundo, habiéndose hecho conocer la impugnación formulada por el MAS ante la Presidencia de la Cámara de Diputados, afirmando el recurrente que solicitó el cumplimiento de los 3 Reglamentos y el respeto de las leyes y que su partido no se prestaría a componendas, luego se leyó la respuesta de la Cámara de Diputados, que fue remitida vía fax, procediéndose a la elección de las carteras faltantes, pese a la solicitud de postergación que hizo la Brigada del MAS, por lo que los miembros de ésta hicieron abandono de la sala, eligiéndose como Vicepresidente al Diputado Carlos Iriarte, con 21 votos y las dos Secretarías faltantes, tomándose luego juramento al Presidente, Vicepresidente y Secretarios (fs. 65).