SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2003- R

Fecha: 28-Nov-2003

III.2

III.2          Ahora bien, ingresando al análisis de la problemática planteada, tomando en cuenta que el recurrente considera lesionado su derecho a ser elector y elegible porque el Presidente del Comité Ad Hoc emitió su voto, cuando no debió emitir, salvo en caso de empate; corresponde analizar las normas reglamentarias que regulan la modalidad de elección y, por lo mismo, la modalidad y las condiciones de emisión del voto para elegir a los miembros de la Directiva de las Brigadas Parlamentarias. En ese orden, cabe referir que al no existir una norma específica prevista en el Reglamento de las Brigadas Parlamentarias Departamentales, deberán aplicarse las normas de los Reglamentos Generales de las Cámaras legislativas.