SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2003- R
Fecha: 28-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a su derecho a ser elector y elegible, consagrado en la norma prevista por el art. 40.1 CPE, denunciando que ha sido vulnerado por los recurridos, puesto que luego de realizadas las elecciones para Vicepresidente de la Brigada Parlamentaria, primero se manipuló el resultado y segundo en esa votación, no debió emitir su voto el Presidente, conforme establecen las normas previstas por los arts. 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 118 del Reglamento de la Cámara de Senadores; sin embargo de ello, se anuló la votación realizada y procedieron a efectuar una nueva elección, quebrantando las normas previstas por los arts. 31 y 228 CPE. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos del derecho fundamental referido, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.