SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2003- R

Fecha: 26-Mar-2003

III.      FUNDAMENTOS  JURÍDICOS  DEL  FALLO

Que el recurrente solicita tutela a los derechos de los afiliados del Sindicato que representa al trabajo, reunirse y asociarse con fines lícitos y a transitar libremente, previstos en el art. 7-c)-d)-g) CPE, denunciando que los mismos, están siendo vulnerados por los recurridos, ya que por una parte el Presidente del Concejo Municipal por decisión unipersonal sin el voto del Pleno del Concejo Municipal de Okinawa ha dispuesto que sean desalojados de la parada que utilizan como Sindicato y por su parte el Alcalde recurrido ha dado cumplimiento a dicha decisión enviándoles una simple nota conminándoles a desalojar la parada en el plazo de treinta días, ignorando que cuentan con todos los requisitos de Ley para realizar su actividad de servicio de transporte público. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de Amparo corresponde dilucidar si tal extremo es evidente y si constituye un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.