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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003

    Fecha: 09-Abr-2003

    II.2

    II.2     Que, en cumplimiento de dicha solicitud, la citada empresa procedió al descuento de Bs.35.50 por concepto de la cuestionada prestación vial, y realizó el depósito correspondiente, habiendo la Sección Recaudaciones del SEPCAM remitido los boletos por el pago de la Prestación Vial (fs. 10, 12-18)

    • Sabino Quispe Quispe, Néstor López Ticona y Oscar Salvatierra Bautista por sí y en representación de todos los trabajadores de “Industria Copacabana”
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.2 Admisión y citaciones.
    • a)
    • II.1
    • II.2
    • III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • Que dicho recurso, ha sido creado en resguardo de la previsión constitucional contenida en el
    • III.2
    • contribución
    • “V.3.
    • “V.4.
    • “V.5.
    • V.6.
    • b)  Corresponde a cuatro días de
    • VI.1.
    • “VI.2.
    • III.3

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