SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0496/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0496/2003-R

Fecha: 16-Abr-2003

II.9.

II.9.     Por RM 47/2002 de 11 de diciembre (fs.79 y 80),  se declararon “nulos de pleno derecho los actos que asuman o hayan asumido” los recurrentes “a partir de su injustificada inasistencia a las sesiones públicas convocadas por el Presidente del Concejo Municipal, por cuanto éstas se están llevando a efecto con toda normalidad con los Concejales Titulares y con los Concejales Suplentes debidamente habilitados por la Corte Departamental Electoral”; asimismo, se “aclaró” que  dicho Concejo  funciona con  los Concejales Soledad Gonzáles y  Freddy Vargas, que “fueron recientemente habilitados”.