SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2003- R

Fecha: 29-Abr-2003

II.3

II.3     Que, los recurrentes reiteraron la solicitud de ayuda judicial acompañando lo extrañado por el Juez; empero éste por Auto de 29 de febrero de 2000, rechazó lo pedido con el fundamento de que la solicitud de orden de pago de las boletas  giradas a favor de ENDE S.A. por parte del Banco de Crédito S.A. no se encontraban entre las permitidas por el art. 36 de la Ley 1770, y que no se acompañó copia autentica del convenio arbitral y de la resolución que dispone la medida precautoria o compulsoria. (fs. 12). Contra esta resolución ENDE S.A. interpuso recurso de apelación (fs. 14 -16); que fue concedido en efecto suspensivo (fs. 18 vta.) dándole la calidad de un auto interlocutorio definitivo porque pone fin al procedimiento de auxilio judicial de pago de las boletas.