Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2003- R
Fecha: 24-Jun-2003
I.2.2 Informe de las autoridades recurridas.
El apoderado del presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura recurrido, informó ratificando el contenido del memorial cursante a fs. 69, donde se solicita se le excluya y se deniegue el amparo en su contra ya que dicha autoridad no ha intervenido de modo alguno en ningún acto de contratación ni suscribió documento alguno en la convocatoria, nómina de postulantes, ni memorando.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Armando Villafuerte Claros y Orlando Lizarazu Mayorga, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura, y Director Distrital a.i. del Consejo de la Judicatura de Cochabamba, respectivamente
- I.2.1
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas.
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- REVOCA en parte