SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2003

Fecha: 04-Ago-2003

III.3

III.3   Que, sentadas la bases y el marco jurídico de lo que corresponde analizar en el recurso directo de nulidad, en principio cabe señalar que la Constitución, en su art. 124, establece que “El Ministerio Público tiene por finalidad promover la acción de la justicia, defender la legalidad, los intereses del Estado y la sociedad, conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes de la República.” Asimismo, en su art. 126-V estipula: “La ley establece la estructura, organización y funcionamiento del Ministerio Público.”