SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2003- R

Fecha: 01-Ago-2003

Comisión Sumariante mediante Resolución de 26 de noviembre de 2002, determinó responsabilidad administrativa

Que, a consecuencia de un extravío de facturas emitidas por las Compañías proveedoras de energía eléctrica COBEE Y BULO BULO a favor de CESSA, se instauró proceso administrativo en contra suya y otros tres funcionarios, pese a que la Comisión Sumariante y el Tribunal Administrativo a tiempo de dictar sus Resoluciones, no se hallaban legalmente instituidos, pues CESSA no registró su Reglamento Interno como tampoco su Reglamento de Procesos Internos, como lo exigen los arts. 29-8 del Código de Comercio (Cco) y 13 del Reglamento de Registro de Comercio aprobado mediante DS 15191 de 15 de diciembre de 1977, por lo que los actos que celebraron son nulos al tenor del art. 821 Cco, ya que al no haber sido inscritos dichos documentos no tenían vigencia. Sin embargo, la Comisión Sumariante mediante Resolución de 26 de noviembre de 2002, determinó responsabilidad administrativa en todos los procesados, imponiéndole a él una sanción de resarcimiento económico en una suma de dinero que debía depositar en la cuenta de CESSA; sin embargo, aún dándole validez al Reglamento de Procesos Internos, de los arts. 16 y 17 del mismo, se infiere que no le está dada competencia para imponer tal sanción.